Descripción
La Junta Nacional de Jardines Infantiles requiere contratar a Educadora(or) de Lengua y Cultura Indígena, en calidad jurídica Honorarios, para Jardín Infantil, perteneciente a la comuna de Porvenir, Región de Magallanes y Antártica chilena.
La misión del cargo es ser agente cultural de los jardines, cumpliendo el rol de permitir la revitalización de las lenguas originarias en los jardines infantiles, para propender a la enseñanza de la lengua y cultura indígena desde el contexto socio-cultural al ámbito educativo de los niños y niñas de nuestra institución.
Vacantes: 2 (Porvenir, Punta Arenas)
Renta: 577.095 bruto mensual con duración de ejecución proyecto hasta el día 31 de diciembre de 2026.
II.- Requisitos Generales / Específicos
Requisitos Generales
Los(as) postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos señalados en el artículo N° 12 del DFL N°29 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo, el cual señala que para ingresar a la Administración Pública será necesario:
- Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia. (Ley 21325 Art. 175 N° 5 D.O. 20.04.2021).
- Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace. (Ley 21690 Art. 2° N° 1 D.O. 24.08.2024).
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal. (Ley 21643 Art. 3 N° 1 D.O. 15.01.2024).
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Ley 20702 Art. 1 D.O. 15.10.2013).
Requisitos Específicos
- Licencia de Enseñanza Media o equivalente.
- El (la) Educador(a) de Lengua y Cultura Indígena – ELCI- debe ser una persona que propenda a la enseñanza de la lengua originaria y cultura indígena reconocido(a) y propuesto por su comunidad u organización indígena.
- Ser reconocido como Educador Comunitario.
- Debe ser poseedor de la cosmovisión del pueblo originario para transmitir el conocimiento y aprendizaje de la lengua originaria en su contexto socio cultural.
- El agente comunitario deberá acreditar a través de certificados de CONADI su experiencia en esta materia.
III.- Experiencia
- Experiencia laboral de a lo menos 1 año en educación parvularia
IV.- Competencias del Cargo
- Trabajo colaborativo
- Orientación al servicio
- Planificación y organización
- Orientado a resultados de calidad
- Iniciativa y autonomía
V.- Principales Funciones
- Desarrollar y contribuir al proceso educativo con acciones de promoción y preservación del conocimiento y aprendizaje de la cultura y lengua de su pueblo originario con niños y niñas, sus familias y la comunidad del Jardín Infantil.
- Participar y contribuir en el diseño de la planificación pedagógica y en la implementación de las experiencias educativas considerando la preservación de la lengua y cultura indígena, coordinándose colaborativamente con el equipo técnico-educativo del Jardín infantil.
- Mantener coordinación permanente con la Directora, encargada del Jardín Infantil y/o Asesor(a) Intercultural para el desarrollo de proyectos, capacitaciones, diseño y/o adquisición de material de apoyo, entre otros.
- Desarrollar y contribuir al proceso educativo del jardín infantil o unidad educativa con orientaciones de promoción y preservación del conocimiento y aprendizaje de la cultura y lengua de su pueblo originario, vía remota, en coordinación con el equipo técnico territorial en contextos de asesoría técnica.
VI.- Documentos requeridos que se deben adjuntar en la postulación:
- Currículum actualizado.
- Certificado emitido por asociación a comunidad indígena que valida y certifica la idoneidad para la transmisión de la cultura indígena
- Certificado de acreditación de la calidad indígena
- Certificado de título original
- Certificado de antecedentes para fines especiales con vigencia no mayor a 2 meses (https://www.registrocivil.cl/principal/servicios-en-linea)
- Certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad con vigencia no mayor a 3 meses (https://inhabilidades.srcei.cl/ConsInhab/consultaInhabilidad.do)
- Certificado de inhabilidades por maltrato relevante con vigencia no mayor a 3 meses (https://inhabilidades.srcei.cl/InhabilidadesRelevante/#/inicio)
- Certificado/s de capacitación vinculados al punto IV (si los hubiese)
- En caso de ser extranjero/a, certificado de residencia definitiva o que acredite que puede realizar actividades remuneradas en Chile (https://tramites.extranjeria.gob.cl/)
VII.- Plazo de postulación
Las postulaciones son recibidas hasta las 23:59 hrs. sólo por esta plataforma y no por correo electrónico, del día 2 de marzo 2026, por otra parte, en caso de no encontrar postulantes que cumplan con los requisitos establecidos en esta publicación, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho a declarar total o parcialmente desierto el presente proceso. Finalmente, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación para efectos de entrevistas será responsabilidad de los postulantes.
IX.- Otras consideraciones
Recuerda adjuntar en tu perfil toda la documentación solicitada en el anuncio, para poder continuar en el proceso. Es responsabilidad de cada persona completar o actualizar sus datos de identificación y contacto, así como responder correctamente a las preguntas formuladas en la oferta.
De pasar a etapas preliminares le serán solicitados los siguientes documentos para continuar en el proceso:
- Certificado de antecedentes con vigencia no mayor a 2 meses (https://www.registrocivil.cl/principal/servicios-en-linea)
- Certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad con vigencia no mayor a 3 meses (https://inhabilidades.srcei.cl/ConsInhab/consultaInhabilidad.do)
- Certificado de inhabilidades por maltrato relevante con vigencia no mayor a 3 meses (https://inhabilidades.srcei.cl/InhabilidadesRelevante/#/inicio)
En caso de existir evaluaciones o entrevistas presenciales, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación serán de responsabilidad de los/as postulantes.
Quienes presenten alguna discapacidad que les impida o dificulte acceder a los instrumentos de selección, deben informarlo en su postulación para que podamos adaptarlos y de este modo garantizar la no discriminación.
Dada la entrada en vigencia de la Ley N°21.389 (Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), si es seleccionada/o, deberá autorizar a la institución para proceder con las retenciones y pagos que correspondan al alimentario en caso de tener obligaciones pendientes. Esta será una condición habilitante para su nombramiento en el cargo.
Se entenderá como candidato/a no elegible quien cumpla con la condición señalada en el artículo 85 del DFL 29 del Estatuto Administrativo que indica “En una misma institución no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica.”
Correo de consultas: rnahuelquin@junji.cl