Descripción
La Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región del Ñuble, invita a ser parte de su Base de Datos de Postulantes Idóneos para el cargo de Técnico(a) en Educación de Párvulos grado 24° EUS, a fin de cubrir las vacantes de Reemplazo y/o posibles futuras contratas para el Jardín Infantil, "SEMILLITAS DE ORO", ubicado en camino Torrecillas KM 33, Las Juntas, comuna de San Carlos, región de Ñuble.
La misión del cargo participar en el diseño e implementación de procesos de enseñanza y aprendizaje para niños y niñas, desde la sensibilidad educativa, promoviendo su desarrollo integral en colaboración con las familias y la comunidad, y propiciando la implementación de experiencias de aprendizaje de calidad, pertinentes, diversas, bientratantes y significativas.
Vacantes: 2 (referenciales)
I.- Requisitos
Requisitos Generales
Para ingresar a la Administración Pública los/as postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos del artículo N° 12 del DFL N°29, sobre Estatuto Administrativo:
- Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia. (Ley 21325 Art. 175 N° 5 D.O. 20.04.2021).
- Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten
- Haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace. (Ley 21690 Art. 2° N° 1 D.O. 24.08.2024).
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal. (Ley 21643 Art. 3 N° 1 D.O. 15.01.2024).
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Ley 20702 Art. 1 D.O. 15.10.2013).
Requisitos Específicos
- Título Técnico/a de nivel medio o superior de Técnico/a en Educación Parvularia, otorgado por una institución del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente.
II.- Experiencia:
- Contar con una experiencia profesional de al menos 1 año en el ámbito de la educación parvularia.
III.- Competencias del cargo
- Trabajo colaborativo
- Orientación al servicio
- Orientación a resultados de calidad
- Aprendizaje e innovación
- Flexibilidad y adaptación al cambio
IV.- Conocimientos esperados
- Bases Curriculares de Educación Parvularia
- Marco para la Buena Enseñanza
- Estándares Indicativos de Desempeño
- Primeros auxilios y Reanimación cardiopulmonar (RCP)
- Manejo de Microsoft Office (básico)
- Ley TEA 21.545 Trastorno del espectro autista
- Ley N° 20.832 Reconocimiento Oficial
- Ley N° 21.643: Ley Karin
V.- Principales funciones
- Velar por el desarrollo integral de los niños y niñas, de acuerdo con las normas y los procedimientos institucionales.
- Participar de la implementación, ejecución y evaluación de la prácticapedagógica, de acuerdo con el currículo institucional.
- Establecer vínculos colaborativos con las familias y con la comunidad.
VI.- Documentos que debe adjuntar en su perfil para postular:
- Currículum actualizado. (obligatorio)
- Certificado de título Técnico/a nivel Medio o Superior en Educación Parvularia. (obligatorio)
- Certificado de antecedentes con vigencia no mayor a 2 meses (obligatorio)(https://www.registrocivil.cl/principal/servicios-en-linea)
- Certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad con vigencia no mayor a 3 meses (obligatorio) (https://inhabilidades.srcei.cl/ConsInhab/consultaInhabilidad.do)
- Certificado de inhabilidades por maltrato relevante con vigencia no mayor a 3 meses (obligatorio) (https://inhabilidades.srcei.cl/InhabilidadesRelevante/#/inicio)
- Certificado/s de capacitación vinculados al punto IV (si los hubiese)
Se solicita a todos/as los/as postulantes verificar la información de los siguientes datos en su currículum, puesto que serán utilizados para asignar una evaluación de competencias en línea:
- Rut.
- Nombres.
- Apellidos.
- Correo.
- Nacionalidad.
- Número telefónico (celular).
VII.- Plazo de postulación
Las postulaciones son recibidas hasta las 23:59 hrs. sólo por esta plataforma y no por correo electrónico, del día 13 de febrero de 2026.-
Por otra parte, en caso de no encontrar postulantes que cumplan con los requisitos establecidos en esta publicación, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho a declarar total o parcialmente desierto el presente proceso. Finalmente, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación para efectos de entrevistas será responsabilidad de los postulantes.
IX.- Otras consideraciones
Para el presente proceso de Reclutamiento y Selección de Personal, es importante que el/la postulante responda correctamente las preguntas formuladas en la oferta y adjunte TODOS los documentos requeridos en el Punto VII, pues estos serán considerados uno de los criterios de selección para pasar a la siguiente etapa del proceso.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les impida o dificulte acceder a los instrumentos de selección, deben informarlo en su postulación, para que podamos adaptarlos y de este modo garantizar la no discriminación.
Dada la entrada en vigencia de la Ley N°21.389 (Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), si es seleccionada/o, deberá autorizar a la institución para proceder con las retenciones y pagos que correspondan al alimentario en caso de tener obligaciones pendientes. Esta será una condición habilitante para su nombramiento en el cargo.
Se entenderá como candidato/a no elegible quien cumpla con la condición señalada en el artículo 85 del DFL 29 del Estatuto Administrativo que indica “En una misma institución no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica.
Correo de consulta: ricardo.cifuentes@junji.cl