Descripción
La Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región de Coquimbo, invita a ser parte de su base de datos para el cargo de Educador/a de Párvulos, a fin de poder cubrir vacantes para reemplazos y/o posibles futuras contratas en Jardines Infantiles de las provincias de Elqui, Limarí y Choapa.
La misión del cargo consiste en liderar los procesos de aprendizaje y atención integral de los párvulos en conjunto con sus familias, generando aprendizajes de calidad, relevantes y significativos en los niños y niñas atendidas.
Vacantes: 50 (referenciales)
-Provincia de Elqui: La Serena, Coquimbo, Vicuña.
-Provincia de Limarí: Ovalle, Monte Patria, Combarbalá
-Provincia de Choapa: Los Vilos, Salamanca, Illapel
Las comunas incluyen sus localidades.
II.- Requisitos Generales / Específicos
Requisitos Generales
Los(as) postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos señalados en el artículo N° 12 del DFL29, sobre Estatuto Administrativo, el cual señala que para ingresar a la Administración Pública será necesario:
- Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia. (Ley 21325 Art. 175 N° 5 D.O. 20.04.2021).
- Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace. (Ley 21690 Art. 2° N° 1 D.O. 24.08.2024).
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal. (Ley 21643 Art. 3 N° 1 D.O. 15.01.2024).
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Ley 20702 Art. 1 D.O. 15.10.2013).
Requisitos Específicos
- Título profesional de Educador/a de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente.
III.- Experiencia:
- Sin experiencia previa.
IV.- Competencias del cargo
- Trabajo colaborativo.
- Orientación al servicio.
- Planificación y organización.
- Aprendizaje e innovación.
- Liderazgo educativo.
V.- Principales Funciones
- Planificar, desarrollar y evaluar actividades educativas que orienten el proceso de enseñanza y aprendizaje.
- Implementar las experiencias educativas.
- Mediar la práctica pedagógica.
- Generar una alianza de colaboración entre el equipo de aula, la familia y la comunidad, para lograr el bienestar del niño y potenciar el proceso de enseñanza aprendizaje.
- Generar información para alimentar el inicio, desarrollo y ejecución del Proyecto Educativo Institucional del establecimiento.
VI.- Conocimientos:
- Manejo de Office.
- Bases curriculares de educación parvularia.
- Marco para la Buena Enseñanza de Educación Parvularia
- Referente curricular.
- Políticas de trabajo con familias.
- Políticas de buen trato.
- Planificación y evaluación educativa.
- Protocolos de actuación ante situaciones de vulneración de derechos y/o maltrato infantil
- Lineamientos institucionales en relación a la salud de los párvulos.
VII.- Documentos requeridos que se deben adjuntar a la postulación (obligatorio).
- Currículum Vitae en formato libre.
- Copia simple del certificado de título. (obligatorio)
- Certificado de antecedentes para fines especiales con vigencia no mayor a 2 meses, que se obtiene de manera gratuita en https://www.registrocivil.cl/principal/servicios-en-linea
- Certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad con vigencia no mayor a 2 meses, que se obtiene de manera gratuita en https://inhabilidades.srcei.cl/ConsInhab/consultaInhabilidad.do
- Certificado de inhabilidades por maltrato relevante con vigencia no mayor a 2 meses, que se obtiene de manera gratuita en https://inhabilidades.srcei.cl/InhabilidadesRelevante/#/inicio
- Certificación de capacitaciones (si las hubiera)
La documentación requerida es una exigencia para la evaluación curricular y para continuar a las siguientes etapas del proceso.
VIII.- Plazo de postulación
Las postulaciones son recibidas hasta las 23:59 hrs, solo por esta plataforma y no por correo electrónico, del día 15 de enero de 2025.
IX.- Otras consideraciones
El/la postulante seleccionado en el cargo, asumirá el grado publicado en la presente oferta laboral.
Para el presente proceso de Reclutamiento y Selección de Personal, es importante que el/la postulante responda correctamente las preguntas formuladas en la oferta y adjunte TODOS los documentos requeridos en el Punto VII, pues estos serán considerados uno de los criterios de selección para pasar a la siguiente etapa del proceso. Quienes no adjunten todos los documentos requeridos en su postulación, no pasarán a la etapa de evaluación.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les impida o dificulte acceder a los instrumentos de selección, deben informarlo en su postulación, para que podamos adaptarlos y de este modo garantizar la no discriminación.
En caso de existir evaluaciones o entrevistas presenciales, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación serán de responsabilidad de los/as postulantes.
Dada la entrada en vigor de la Ley N°21.389 (Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), si es seleccionada/o, deberá autorizar a la institución para proceder con las retenciones y pagos que correspondan al alimentario en caso de tener obligaciones pendientes. Esta será una condición habilitante para su nombramiento en el cargo.
Cargo afecto a inhabilidad contenida en el art 85° del DFL29 sobre Estatuto Administrativo: “En una misma institución no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica. Si respecto de funcionarios con relación jerárquica entre sí, se produjera alguno de los vínculos que se indican en el inciso anterior, el subalterno deberá ser destinado a otra función en que esa relación no se produzca”.
IMPORTANTE
Es responsabilidad de cada postulante asegurarse de completar la información requerida en el proceso de postulación de manera correcta validando sus datos al momento de postular, de manera de garantizar el avance en las distintas etapas del proceso.
Correo de consultas: franco.soto@junji.cl - pviveros@junji.cl - pjbravo@junji.cl