Encargada/o de J.I. Las Abejitas, comuna de Temuco - Región La Araucanía

1 Vacantes
Publicado hace 1 día, 4 horas.
Completa
Vicuña Mackenna 914, B1821 Temuco, Araucanía, Chile
Termina en 3 días, 19 horas.

Descripción

La Junta Nacional de Jardines Infantiles requiere seleccionar a Educador/a de Párvulos mediante proceso de selección abierto, para asumir el cargo de Encargada/o de Jardín Infantil, estamento Profesión al Grado 16° EUR, para el Jardín Infantil Las Abejitas, ubicado en la comuna de Temuco, Región de La Araucanía.

La misión del cargo es liderar la gestión y el equipo del jardín infantil; mediante la administración directa de la dependencia a su cargo, en el ámbito pedagógico y del aula, con el fin de garantizar una educación integral y de calidad a los niños y niñas, en colaboración con las familias y comunidades.

Vacantes: 01.

I.- Requisitos Generales/Específicos:

Requisitos Generales

Los(as) postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos señalados en el artículo N° 12 del DFL N°29 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo, el cual señala que para ingresar a la Administración Pública será necesario: 

  • Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia. (Ley 21325 Art. 175 N° 5 D.O. 20.04.2021). 
  • Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
  • Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
  • Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace. (Ley 21690 Art. 2° N° 1 D.O. 24.08.2024). 
  • No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal. (Ley 21643 Art. 3 N° 1 D.O. 15.01.2024). 
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Ley 20702 Art. 1 D.O. 15.10.2013). 

Requisitos específicos

  • Título profesional de Educador/a de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente.

II.- Experiencia 

  • Excluyente acreditar una experiencia profesional no inferior a 2 años en funciones en el área educacional en establecimientos de educación parvularia (Ley de Planta).

IV.- Competencias del Cargo:

  • Trabajo colaborativo
  • Orientación al servicio
  • Liderazgo educativo
  • Liderazgo de equipos
  • Manejo de conflictos, crisis y negociación

V.-Conocimientos esperados

  • Manejo de Office.
  • Bases Curriculares de la Educación Parvularia.
  • Políticas de trabajo con familias.
  • Políticas de buen trato.
  • Políticas de educación en inclusión.
  • Planificación y evaluación educativa.
  • Lineamientos institucionales en relación con la salud de los párvulos.

VI.- Principales Funciones:

  • Administrar la unidad educativa a su cargo.
  • Desarrollar la planificación de los recursos disponibles.
  • Organizar y administrar el funcionamiento del jardín infantil, en el ámbito de la gestión pedagógica en el aula y administrativa.
  • Coordinar acciones con los distintos organismos y agentes claves del entorno, tanto públicos como privados.
  • Promover el quehacer de la comunidad educativa en las organizaciones comunitarias del entorno.
  • Promover la participación de la familia y la comunidad en los procesos educativos.
  • Liderar la elaboración del "Proyecto Educativo Institucional" de acuerdo a etapas y características propias.
  • Liderar el desarrollo del PEI, en coherencia con lo planificado.
  • Realizar seguimiento y evaluación del PEI.
  • Implementar el "Modelo de Gestión de Calidad de la Educación Parvularia".
  • Coordinar y hacer seguimiento de las acciones de mejoramiento continuo de la unidad educativa.

VII.- Documentos requeridos que se deben adjuntar en la postulación

*Se entenderá como documento actualizado todo aquel que haya sido emitido con una anterioridad máxima de dos meses a la fecha de la presente publicación.

** Para acreditar la experiencia laboral exigida, es necesario un certificado laboral del empleador (jefatura o representante de la institución/empresa) que indique:

  • Identificación personal
  • Nombre del cargo e idealmente funciones específicas del cargo.
  • Periodo de inicio a fin (señalando periodos diferidos si las funciones se han modificado)
  • Estar validado a través de nombre, firma y timbre de la entidad y/o quien lo emite.

El certificado de antigüedad no será válido para el cumplimiento de este requisito. Además, serán inválidos los certificados de cotizaciones, contratos, nombramientos, finiquitos, u otros que NO cumplan con todos los puntos mencionados.

Importante: La documentación requerida es una exigencia para la evaluación curricular y para continuar a las siguientes etapas del proceso.

Se solicita a todos/as los/as postulantes verificar la información de los siguientes datos en su currículum, puesto que serán utilizados para asignar una evaluación de competencias en línea:

  • Rut.
  • Nombres.
  • Apellidos.
  • Correo.
  • Nacionalidad.
  • Número telefónico (celular).

VIII.- Plazo de postulación

Las postulaciones son recibidas hasta las 23:59 hrs. sólo por esta plataforma y no por correo electrónico, del día viernes 16 de enero de 2026.-

Por otra parte, en caso de no encontrar postulantes que cumplan con los requisitos establecidos en esta publicación, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho a declarar total o parcialmente desierto el presente proceso. Finalmente, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación para efectos de entrevistas será responsabilidad de los/as postulantes.

IX.- Otras consideraciones

El/la postulante seleccionado/a en el cargo, asumirá el grado publicado en la presente oferta laboral.

Para el presente proceso de Reclutamiento y Selección de Personal, es importante que el/la postulante responda correctamente las preguntas formuladas en la oferta, y adjunte TODOS los documentos requeridos en el Punto VII, pues estos serán considerados uno de los criterios de selección para pasar a la siguiente etapa del proceso. Quienes no adjunten todos los documentos requeridos en su postulación, no pasarán a la etapa de evaluación.  

Los/las postulantes que presenten alguna discapacidad que les impida o dificulte acceder a los instrumentos de selección, deben informarlo en su postulación, para que podamos adaptarlos y de este modo garantizar la no discriminación.

Dada la entrada en vigor de la Ley N°21.389 (Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), si es seleccionada/o, deberá autorizar a la institución para proceder con las retenciones y pagos que correspondan al alimentario en caso de tener obligaciones pendientes. Esta será una condición habilitante para su nombramiento en el cargo.

Se entenderá como candidato/a no elegible quien cumpla con la condición señalada en el artículo 85 del DFL 29 del Estatuto Administrativo que indica “En una misma institución no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica".

Correo de consultas: nzavala@junji.cl - catalina.nunez.o@junji.cl