Ranking: Educador/a de Párvulos, Jardines de Verano. Comuna de Vallenar. Región de Atacama

2 Vacantes
Publicado hace 2 días, 14 horas.
Completa
Vallenar, Atacama, Chile
Termina en 1 mes, 2 semanas.

Descripción

La Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región de Atacamainvita a ser parte de su Base de Datos de Postulantes Idóneos/as para el cargo de Educador/a de Párvulos Grado 18° E.U.S, para desarrollar labores en el programa de Jardín Infantil de Verano o Estacional y futuras contratas en la comuna de Vallenar, región de Atacama.  

La misión del cargo es liderar los procesos de aprendizaje y bienestar integral de los párvulos en conjunto con sus familias, generando aprendizajes de calidad, relevantes y significativos en los niños y niñas atendidas.

Vacantes: Las vacantes informadas son solo referenciales (02).

II.- Requisitos Generales / Específicos

Requisitos Generales

Los(as) postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos señalados en el artículo N° 12 del DFL N°29 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo, el cual señala que para ingresar a la Administración Pública será necesario:

  • Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia. (Ley 21325 Art. 175 N° 5 D.O. 20.04.2021).
  • Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
  • Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
  • Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace. (Ley 21690 Art. 2° N° 1 D.O. 24.08.2024).
  • No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal. (Ley 21643 Art. 3 N° 1 D.O. 15.01.2024).
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Ley 20702 Art. 1 D.O. 15.10.2013).

Requisitos Específicos

  • Título profesional de Educador/a de Párvulos, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado, o reconocido por éste, o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente.

III.- Experiencia:

  • A los menos 1 años como Educador/a de Párvulos.

IV.- Competencias del cargo

  • Trabajo colaborativo
  • Orientación al servicio
  • Liderazgo educativo
  • Aprendizaje e innovación
  • Planificación y organización

V.- Principales Funciones

  • Comprender y aplicar marcos conceptuales vigentes para la planificación educativa.
  • Desarrollar la planificación educativa.
  • Diseñar y evidenciar instrumentos de evaluación pedagógica de acuerdo a las características y criterios establecidos para el nivel.
  • Crear experiencias desafiantes y significativas de orden individual, pequeños y grandes grupos, orientadas al despliegue de todo el potencial de aprendizaje, bienestar y desarrollo de los párvulos.
  • Evaluar los contextos de aprendizaje, en función del logro de aprendizajes en coherencia con los ciclos y características particulares de los niños y niñas.
  • Generar ambientes acogedores, seguros e inclusivos, realizando las adecuaciones curriculares correspondientes, en el marco de la atención a la diversidad de niños y niñas.
  • Aplicar principios pedagógicos y criterios de mediación de aprendizajes a fin de optimizar las oportunidades de aprender en cualquier espacio educativo.
  • Aplicar criterios de mediación de mayor relevancia durante las distintas instancias educativas.
  • Mostrar referencias positivas de relaciones e interacciones con los/as niños/as, promoviendo la integración y valoración de la diversidad como un valor.
  • Promover oportunidad de aprendizaje autónomo, manifestando altas expectativas sobre las posibilidades de aprendizaje que permita el desarrollo de todos los niños y niñas.
  • Generar instancias de encuentro entre el equipo de aula y las familias.
  • Construir comunidades de aprendizaje basadas en relaciones colaborativas y de trabajo en equipo.
  • Construir relaciones de alianza con la familia, reconociendo sus deberes y participación activa en el proceso educativo de niños y niñas.
  • Recoger información de los aprendizajes de niñas y niños, del trabajo con familia y con el personal de aula.
  • Promover la información para el Proyecto Educativo Institucional.

VI.- Conocimientos:

  • Manejo de Office.
  • Bases curriculares de educación parvularia.
  • Referente curricular.
  • Política de trabajo con familias.
  • Políticas de buen trato.
  • Planificación y evaluación educativa.
  • Lineamientos institucionales en relación a la salud de los párvulos.

VII.- Documentos requeridos que se deben adjuntar a la postulación

  • Curriculum actualizado. 
  • Título profesional de Educador/a de Párvulos, emitido po una institucion Reconocida por el ministerio de Educación de Chile.
  • En el caso de postulantes extranjeros/as, permiso de residencia para actividades remuneradas dentro del país.
  • Certificado de antecedentes actualizado para fines particulares que se obtiene de manera gratuita en https://www.registrocivil.cl/principal/servicios-en-linea 
  • Certificado inhabilidades para trabajar con menores de edad, el que puede obtenerse de forma gratuita de la página https://inhabilidades.srcei.cl/ConsInhab/consultaInhabilidad.do
  • Certificado inhabilidades por maltrato relevante, el que puede obtenerse de forma gratuita de la página https://inhabilidades.srcei.cl/InhabilidadesRelevante/#/inicio
  • Certificados de cursos de perfeccionamiento o especialización (si los hubiera).

La documentación requerida es una exigencia para la evaluación curricular y para continuar a las siguientes etapas del proceso. 

VIII.- Plazo de postulación

Las postulaciones son recibidas hasta las 23:59 hrs. Sólo por esta plataforma y no por correo electrónico, del día 30 de enero de 2026.-

Por otra parte, en caso de no encontrar postulantes que cumplan con los requisitos establecidos en esta publicación, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho a declarar total o parcialmente desierto el presente proceso. Finalmente, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación para efectos de entrevistas será responsabilidad de los postulantes.

IX.- Otras consideraciones

Recuerda adjuntar en tu perfil toda la documentación solicitada en el anuncio, para poder continuar en el proceso. Es responsabilidad de cada persona completar o actualizar sus datos de identificación y contacto, así como responder correctamente a las preguntas formuladas en la oferta.

En caso de existir evaluaciones o entrevistas presenciales, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación serán de responsabilidad de los/as postulantes.

Quienes presenten alguna discapacidad que les impida o dificulte acceder a los instrumentos de selección, deben informarlo en su postulación para que podamos adaptarlos y de este modo garantizar la no discriminación.

Dada la entrada en vigencia de la Ley N°21.389 (Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), si es seleccionada/o, deberá autorizar a la institución para proceder con las retenciones y pagos que correspondan al alimentario en caso de tener obligaciones pendientes. Esta será una condición habilitante para su nombramiento en el cargo.

Cargo afecto a inhabilidad contenida en el art 85° del DFL29 sobre Estatuto Administrativo: “En una misma institución no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica. Si respecto de funcionarios con relación jerárquica entre sí, se produjera alguno de los vínculos que se indican en el inciso anterior, el subalterno deberá ser destinado a otra función en que esa relación no se produzca”.

IMPORTANTE

Es responsabilidad de cada postulante asegurarse de completar toda la información requerida en el proceso de postulación de manera correcta validando además sus datos al momento de postular y la consistencia de éstos con la documentación que adjunta, lo que servirá de insumo para el avance en las distintas etapas del proceso

Correo de consultas: diego.garrido@junji.cl; jsgodoy@junji.cl