Descripción
La Junta Nacional de Jardines Infantiles de la región de Aysén invita a postular a todos(as) quienes cumplan con los requisitos formales para desempeñar el cargo de Educador(a) de Lengua y Cultura Indígena (ELCI), a contrata, grado 20° EUS, para estamento Administrativo, con desempeño en Jardín Infantil de la Comuna de Coyhaique, Región de Aysén.
La misión del cargo es ser agente cultural de los jardines, cumpliendo el rol de permitir la revitalización de las lenguas originarias en los jardines infantiles, enseñando la lengua y cultura indígena desde el contexto socio-cultural al ámbito educativo de los niños y niñas de nuestra institución.
Vacantes: 1.
II.- Requisitos Generales / Específicos
Requisitos Generales
Los(as) postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos señalados en el artículo N° 12 del DFL N°29 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo, el cual señala que para ingresar a la Administración Pública será necesario:
- Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia. (Ley 21325 Art. 175 N° 5 D.O. 20.04.2021).
- Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace. (Ley 21690 Art. 2° N° 1 D.O. 24.08.2024).
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal. (Ley 21643 Art. 3 N° 1 D.O. 15.01.2024).
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Ley 20702 Art. 1 D.O. 15.10.2013).
Requisitos Específicos:
- Licencia de Enseñanza Media o equivalente.
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El (la) Educador(a) de Lengua y Cultura Indígena – ELCI- debe ser una persona que propenda a la enseñanza de la lengua originaria y cultura indígena reconocido(a) y propuesto por su comunidad u organización indígena.
- Ser reconocido como Educador Comunitario.
- Debe ser poseedor de la cosmovisión del pueblo originario para transmitir el conocimiento y aprendizaje de la lengua originaria en su contexto socio cultural.
- El agente comunitario deberá acreditar a través de certificados de CONADI su experiencia en esta materia.
III.- Experiencia:
- · Experiencia en cargos similares al de la vacante.
IV.- Competencias
- Trabajo colaborativo
- Orientación al servicio
- Planificación y organización
- Orientación al logro y los resultados
- Orientación al orden, calidad y excelencia en el trabajo
V.- Principales Funciones:
- Desarrollar y contribuir al proceso educativo con acciones de promoción y preservación del conocimiento y aprendizaje de la cultura y lengua de su pueblo originario con niños y niñas, sus familias y la comunidad del jardín infantil.
- Participar y contribuir en el diseño de la planificación pedagógica y en la implementación de las experiencias educativas considerando la preservación de la lengua y cultura indígena, coordinándose colaborativamente con el equipo técnico-educativo del jardín infantil.
- Mantener coordinación permanente con la Directora, encargada del Jardín Infantil y/o Asesor(a) Intercultural para el desarrollo de proyectos, capacitaciones, diseño y/o adquisición de material de apoyo, entre otros.
- Desarrollar y contribuir al proceso educativo del jardín infantil o unidad educativa con orientaciones de promoción y preservación del conocimiento y aprendizaje de la cultura y lengua de su pueblo originario, vía remota, en coordinación con el equipo técnico territorial en contextos de asesoría técnica.
VI.- Conocimientos:
- Manejo de MS Office
- Comunicación oral y escrita
- Trabajo en red
- Cultura y cosmovisión de la lengua y cultura indígena
VII.- Documentos requeridos que se deben adjuntar a la postulación:
- Curriculum actualizado.
- Fotocopia de cedula de identidad por ambos lados.
- Fotocopia simple de certificado Enseñanza Media Completa. (Obligatorio)
- Certificado que acredite ser educador comunitario por alguna asociación indígena. (Obligatorio)
- Certificado de acreditación de calidad indígena emitido por CONADI (Obligatorio)
- Certificado de expertiz que acredite funciones relacionadas al cargo que ejercerá.
- Certificado de antecedentes con vigencia no mayor a 2 meses (https://www.registrocivil.cl/principal/servicios-en-linea)
- Certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad con vigencia no mayor a 2 meses (https://inhabilidades.srcei.cl/ConsInhab/consultaInhabilidad.do)
- Certificado de inhabilidades por maltrato relevante con vigencia no mayor a 2 meses (https://inhabilidades.srcei.cl/InhabilidadesRelevante/#/inicio)
- Certificados de cursos de perfeccionamiento o especialización (si los hubiera).
La documentación requerida es una exigencia para la evaluación curricular y para continuar a las siguientes etapas del proceso.
Se les solicita a todos(as) los(as) postulantes verificar la información de los siguientes datos en su currículum creado en el portal, puesto que serán utilizados para asignar una evaluación de competencias en línea a su correo:
- Rut (sin puntos y con guion):
- Nombres:
- Apellidos:
- Correo:
- Nacionalidad:
- Número telefónico (celular): (en caso de no tener, puede omitir).
VIII.- Plazo de postulación
Las postulaciones son recibidas sólo por esta plataforma y no por correo electrónico, hasta las 23:59 hrs. del día 22 de diciembre de 2025.-
Por otra parte, en caso de no encontrar postulantes que cumplan con los requisitos establecidos en esta publicación, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho a declarar total o parcialmente desierto el presente proceso.
IX.- Otras consideraciones
El/la postulante seleccionado en el cargo, asumirá el grado publicado en la presente oferta laboral.
Para el presente proceso de Reclutamiento y Selección de Personal, es importante que el/la postulante responda correctamente las preguntas formuladas en la oferta y adjunte TODOS los documentos requeridos en el Punto VII, pues estos serán considerados uno de los criterios de selección para pasar a la siguiente etapa del proceso. Quienes no adjunten todos los documentos requeridos en su postulación, no pasarán a la etapa de evaluación.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les impida o dificulte acceder a los instrumentos de selección, deben informarlo en su postulación, para que podamos adaptarlos y de este modo garantizar la no discriminación.
En caso de existir evaluaciones o entrevistas presenciales, los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación serán de responsabilidad de los/as postulantes.
Dada la entrada en vigor de la Ley N°21.389 (Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), si es seleccionada/o, deberá autorizar a la institución para proceder con las retenciones y pagos que correspondan al alimentario en caso de tener obligaciones pendientes. Esta será una condición habilitante para su nombramiento en el cargo.
Cargo afecto a inhabilidad contenida en el art 85° del DFL29 sobre Estatuto Administrativo: “En una misma institución no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica. Si respecto de funcionarios con relación jerárquica entre sí, se produjera alguno de los vínculos que se indican en el inciso anterior, el subalterno deberá ser destinado a otra función en que esa relación no se produzca”.
IMPORTANTE
Es responsabilidad de cada postulante asegurarse de completar la información requerida en el proceso de postulación de manera correcta validando sus datos al momento de postular, de manera de garantizar el avance en las distintas etapas del proceso.
Correo de consultas: faravena@junji.cl.